L.O.P.D. La actual normativa sobre Protección de Datos de Carácter Personal (LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre) obliga a las empresas/entidades a respetar el derecho a la intimidad y la privacidad de las personas titulares de los datos que la empresa/entidad recoge y almacena. Para ello, las organizaciones deben cumplir unas obligaciones formales y sustantivas, así como respetar y facilitar el ejercicio de los derechos que la normativa reguladora de esta materia reconoce a los titulares de los datos. La Agencia de Protección de Datos (APD) es el organismo encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente. La infracción de la normativa, o la vulneración de los derechos de los titulares de los datos, puede conllevar la apertura de un expediente sancionador y concluir con multas que van desde los 900 € para las infracciones leves, hasta más de 600000 € para las muy graves. Se consideran Datos de Carácter Personal, aquellas informaciones concernientes a las personas físicas identificadas o identificables, tanto relativa a su identidad (nombre apellidos, domicilio, teléfono,...) como las referidas a su existencia y ocupaciones (estudios, trabajo, estado civil, enfermedades,...). Los trabajos de consultoría que realiza CONCEPTO en esta materia comprenden la asesoría para el desarrollo, documentación e implantación de SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE DATOS, así como las auditorías y la formación. En el Diseño de Sistemas, se llevan a cabo las siguientes actividades: 1. Diagnóstico inicial para la implantación de los preceptos de la LOPD. 2. Elaboración de los documentos del sistema de Protección de Datos. 3. Adaptación de los controles internos al cumplimiento de la legislación de protección de datos. 4. Implantación del Sistema de Protección de Datos (incluyendo la formación de los responsables y sensibilización del personal encargado del tratamiento de datos). |
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